Autovalúo

Autoavalúo

 

Auto-estimación del Avalúo Catastral - Autovalúo


Es el derecho que tiene todo propietario o poseedor de predios o mejoras de presentar entre el 1 de enero y el 30 de junio de cada año ante la correspondiente autoridad Catastral la estimación del avalúo Catastral. Dicha estimación no debe ser inferior al avalúo Catastral vigente ni superior al avalúo comercial.


Dicha estimación se incorporará al Catastro con fecha 31 de diciembre del año en el cual se haya efectuado, si la autoridad catastral la encuentra justificada por mutaciones físicas, valorización, o cambios de uso. Una vez incorporado en los registros catastrales, el nuevo avalúo deberá ser tomado por el municipio como base gravable para liquidar el impuesto predial correspondiente al año siguiente.


En las declaraciones de autoestimación del avalúo, el propietario o poseedor podrá presentar documentos tales como: planos, certificaciones de autoridades administrativas, aerofotografías, avalúos comerciales, escrituras públicas y otros documentos que demuestren cambios físicos, valorización, o cambios de uso en el predio.


La base gravable del Impuesto Predial Unificado será el avalúo catastral, o el autoavalúo cuando se establezca la declaración anual del impuesto predial unificado.


El autoavalúo servirá como costo fiscal, para determinar la renta o ganancia ocasional, que se produzca al momento de la enajenación de inmuebles que constituyan activos fijos para el contribuyente.
 

 

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Tipo de bienes que hay que Avalúar: Casa, apartamento, lote, casa-lote, maquinaria, equipos, bodega, finca, oficina, local, edificio, muebles y enseres,  activos, empresa y negocio en marcha, marcas y patente, entre otros.
Uso de los Bienes: Residencial, Comercial, Industrial, Dotacional, Recreacional, Agropecuario, mixto, entre otros.
Propósito del Avalúo Comercial: Venta, compra, compra-venta, renta, venta y renta, entidad financiera, seguros, sucesión, contabilidad, NIIF, reclamo ante una entidad, donación, separación de bienes, proceso judicial, daños y mejoras, entre otros.
Destino del Avalúo Comercial: Propietario, comprador, solicitante, entidad financiera ¿cual?, Dian, Catastro, IGAC, juzgado, IDU, notaría, entre otros.
Ademas puede informarnos los siguientes datos:
Para inmuebles:
Área construida o privada en m², area de terreno en m², hectáreas o fanegadas. Número de pisos, construcciones, garajes o depósitos. Código Chip para Bogotá.
Para maquinaria equipo, muebles y enseres: Cantidades por cada tipo y su ubicación.
15 + 5 =
Resuelva este simple problema matemático y escriba la solución; por ejemplo: Para 1+3, escriba 4.